Partes:
PEREZ PEREZ, LUZ NEREIDA V. OCASIO JIMENEZ, WALLACE RENE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201801725
Año:
2019
Fecha:
22 de febrero de 2019
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de divorcio por mutuo consentimiento. El peticionario, Wallace René Ocasio Jiménez, solicitó la revisión de una orden del Tribunal de Primera Instancia. Dicha orden instruyó a Popular Securities a vender activos de su cuenta de inversiones. El objetivo era obtener la suma de $13,527 para ser entregada a la recurrida, Luz Nereida Pérez Lucena. Esta cantidad fue acordada en las estipulaciones de divorcio de 2012 como parte de la liquidación de bienes gananciales. La recurrida solicitó el cumplimiento de la estipulación años después, lo que llevó a la orden impugnada. El foro primario emitió la orden tras confirmar que los fondos estaban invertidos y requerían venta para el pago. El peticionario presentó un recurso de certiorari contra esta determinación. El Tribunal de Apelaciones, tras considerar los fundamentos, deniega la expedición del auto discrecional solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL IV | ||
|---|---|---|
| LUZ NEREIDA PÉREZ LUCENA Recurrida WALLACE RENÉ OCASIO JIMÉNEZ Peticionario EX PARTE | KLCE201801725 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de BAYAMÓN Civil. Núm.: D DI2012-1220 (4005) Sobre: DIVORCIO- CONSENTIMIENTO MUTUO |
| Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, el Juez Flores García y el Juez Rivera Torres Coll Martí, Juez Ponente | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Ri... |
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