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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE201801668

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. OVALLE MEJIAS, ALEJANDRO

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. OVALLE MEJIAS, ALEJANDRO

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE201801668

Año:

2019

Fecha:

14 de febrero de 2019

Resumen

Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de Certiorari presentada por Alejandro Ovalle Mejías impugnando una resolución de instancia. El tribunal observó que el peticionario, quien se encuentra confinado, no había presentado la declaración necesaria para litigar "In Forma Pauperis" sin pagar aranceles. Una resolución previa le había ordenado al peticionario proveer dicho formulario en un término de diez días. Sin embargo, el peticionario no devolvió la declaración requerida dentro del término concedido. La resolución explica que el pago de aranceles o una solicitud "In Forma Pauperis" concedida es esencial para perfeccionar un recurso de revisión e invocar la jurisdicción del tribunal. Aclara que la omisión de incluir los sellos requeridos o una solicitud "In Forma Pauperis" adecuada hace que el recurso sea nulo o sujeto a desestimación, citando ley y jurisprudencia pertinente. Aunque la norma es flexible para litigantes por derecho propio o quienes solicitan "in forma pauperis", el peticionario no cumplió con el requisito tras dársele una oportunidad. Por consiguiente, el recurso no cumple con los requisitos mínimos de presentación debido a la falta de la declaración "In Forma Pauperis" necesaria para determinar su indigencia.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
PANEL IV
EL PUEBLO DE PUERTO
RICO
Recurrido
v.
ALEJANDRO OVALLE
MEJIAS
Peticionario
KLCE201801668CERTIORARI
procedente del
Tribunal de Primera
Instancia, Sala de
San Juan
Caso núm.:
K LA1997G0512
Panel integrado por su presidenta la Juez Coll Martí, el Juez Flores García y el Juez Rivera Torres.
Rivera Torres, Juez Ponente
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 14 de febrero de 2019.
El Sr. A...
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