Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. MELENDEZ RIVERA, DAVID
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201801534
Año:
2019
Fecha:
29 de enero de 2019
El Pueblo de Puerto Rico presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Solicitaba la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia de Humacao. Dicha resolución concedió a David Meléndez Rivera el beneficio de un desvío bajo el Artículo 3.6 de la Ley 54 (Violencia Doméstica). Meléndez Rivera había sido declarado culpable por un jurado de violar los Artículos 3.1 y 3.3 de la Ley 54 por hechos de violencia física y amenaza contra su cónyuge. En la vista de sentencia, la técnica sociopenal no recomendó el desvío, indicando que el acusado no aceptaba los hechos y los minimizaba. El Ministerio Público objetó el desvío y solicitó una vista de impugnación del informe. A pesar de la objeción y la recomendación, el foro primario concedió el desvío por un año y denegó la inclusión del acusado en el listado de agresores. El Tribunal de Apelaciones evaluó el recurso de certiorari. Decidió expedir el recurso y devolver el caso al Tribunal de Primera Instancia para la continuación de los procedimientos conforme a su dictamen.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Panel VII | ||
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| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario | KLCE201801534 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Humacao |
| v. | Caso Núm.: HSCR20160041 HSCR201600412 | |
| DAVID MĒLENDEZ RIVERA Recurrido | Sobre: Art. 3.2B Ley 54, Recl. Art. 3.1 Ley 54 | |
| Panel integrado por su presidenta, la Juez Gómez Córdova, la Juez Rivera Marchand y el Juez Adames Soto | ||
| Adames Soto, Juez Ponente | ||
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