Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. TROCHE BRACERO, JONATHAN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201801476
Año:
2019
Fecha:
28 de febrero de 2019
El Pueblo de Puerto Rico presentó un recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones contra Jonathan Troche Bracero. El Pueblo impugnó una resolución del Tribunal de Primera Instancia que declaró No Ha Lugar su Moción Bajo la Regla 185 de Procedimiento Criminal. En dicha moción, el Pueblo solicitaba la corrección de la sentencia impuesta a Troche Bracero en 2005. Argumentaban que la sentencia era ilegal porque las penas por infracciones a la Ley de Armas se impusieron concurrentemente, cuando la Ley Núm. 137-2004 vigente requería que fueran consecutivas. El TPI denegó la moción del Pueblo al considerar que Troche Bracero ya había cumplido su sentencia y no estaba bajo supervisión judicial. Troche Bracero, por su parte, presentó una moción de desestimación del Certiorari por alegada falta de notificación, la cual fue declarada No Ha Lugar por el Tribunal de Apelaciones. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones decidió expedir el auto de Certiorari solicitado por el Pueblo. Sin embargo, procedió a confirmar la resolución recurrida del Tribunal de Primera Instancia.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario v. | KLCE201801476 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez |
| JONATHAN TROCHE BRACERO | Caso Núm.: ISCR200500671-675 | |
| Recurrido | Por: Art. 5.06 LA(2) y otros |
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, la Juez Brignoni Mártir y la Juez Méndez Miró.
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