Partes:
BANCO SANTANDER DE PUERTO RICO V. RODRIGUEZ WILSON, JORGE EFRAIN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201800905
Año:
2019
Fecha:
22 de febrero de 2019
Se inició una acción de cobro de dinero y ejecución de hipoteca en 2013. El demandado solicitó referir el caso a mediación compulsoria conforme a la Ley 184-2012, dado que se trataba de su residencia principal y no estaba en rebeldía. Las partes intentaron una modificación de hipoteca como mitigación de pérdidas, pero no tuvieron éxito. A pesar de la solicitud del demandado y su elegibilidad, el Tribunal de Primera Instancia no refirió el caso a mediación. El proceso continuó, incluyendo una moción de sentencia sumaria y una petición de quiebra que paralizó el caso temporalmente. Eventualmente, el Tribunal de Apelaciones expidió un auto de Certiorari. Declaró nula la orden de lanzamiento por haberse dictado sin jurisdicción. Dejó sin efecto los procedimientos habidos desde la sentencia y ordenó referir el caso a mediación, corrigiendo así el incumplimiento del foro primario con el requisito legal.
⁰ ⁰: ¹ Enmendada por la Ley Núm. 268-2018, la cual no estaba vigente al momento de los hechos del presente caso.
de Primera Instancia al amparo de la Regla 79 del
Reglamento del Tribunal de Apelaciones, 4 LPRA AP. XXII-B,
R. 79.
Por las razones que exponemos a continuación,
expedimos el auto de Certiorari solicitado, declaramos
nula la orden de lanzamiento por haberse dictado sin
jurisdicción, dejamos sin efecto los procedimientos
habidos desde la sentencia y ordenamos referir el caso a
mediación.
La parte recurrida presentó una acción en cobro de d...
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