Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. VELAZQUEZ CABRERA, HECTOR M
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500967
Año:
2015
Fecha:
17 de julio de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite esta sentencia en respuesta a una moción presentada por Héctor M. Velázquez Cabrera. Velázquez Cabrera solicitó la modificación de su sentencia por infracciones a los Artículos 199 y 215 del Código Penal y al Artículo 15 de la Ley 8. Alegó ser elegible para dicha modificación basándose en una enmienda al Código Penal de 2012. Compareciendo por derecho propio, presentó una moción pidiendo la enmienda de su sentencia. No obstante, el tribunal determinó que su presentación carecía de información y documentación esencial. Faltaba información sobre la sentencia original, trasfondo fáctico y procesal, discusión de errores y un apéndice con documentos necesarios para acreditar el cumplimiento de términos jurisdiccionales. El tribunal recordó que comparecer por derecho propio no exime a las partes de cumplir con las reglas procesales. Citando doctrina reiterada, la sentencia señala que el incumplimiento de las disposiciones reglamentarias para la presentación de recursos puede resultar en su desestimación. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones desestimó la moción de Velázquez Cabrera por incumplimiento de las reglas procesales.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA PANEL VIII | ||
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| El Pueblo de Puerto Rico Recurrido v. Héctor M. Velázquez Cabrera Peticionario | KLCE201500967 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aibonito Caso Núm. BBD2014G0030, BPD2014G0001, BST2014G0008 Sobre: Inf. Art. 199 CP, Inf. Art. 15 Enmendado a Inf. Art. 19 Ley 8 y Inf. Art. 215 CP |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Bermúdez Torres y el Juez S | ... |
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