Partes:
RIVERA, ROSEMARY V. RIVERA GONZALEZ, SANDRA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500900
Año:
2015
Fecha:
2 de julio de 2015
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de Certiorari presentado por Sandra Rivera González. La peticionaria solicitó revocar una Orden del Tribunal de Primera Instancia de Guaynabo emitida el 1 de junio de 2015. Dicha Orden declaró No Lugar una Moción de Relevo de Resolución y Oposición a Moción de Desacato presentada por Sandra. El caso original fue iniciado por Rosemary Rivera González bajo la Ley de Carta de Derechos de Personas de Edad Avanzada, alegando que Sandra no contribuía al cuido de su madre, Celia González. En una vista el 19 de febrero de 2015, las partes llegaron a un acuerdo provisional para aportar $250 mensuales y 56 horas semanales cada una al cuido de la madre. Este acuerdo fue formalizado en una Resolución del TPI el 27 de febrero de 2015, apercibiendo a las partes sobre su cumplimiento bajo pena de desacato. Posteriormente, se informó incumplimiento del acuerdo. La peticionaria buscaba relevo de la Resolución que validó el acuerdo. Tras revisar el tracto procesal, el Tribunal de Apelaciones DENEGÓ la expedición del auto de Certiorari solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN PANEL V | ||
|---|---|---|
| SANDRA RIVERA GONZALEZ Peticionaria v. ROSEMARY RIVERA GONZALEZ, Y OTROS Recurrida | KLCE201500900 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de Guaynabo Civil Núm. D NT2015-0004 Sobre: Nombramiento de Tutor |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González y las Juezas Birriel Cardona, Surén Fuentes y Grana Martínez. Piñero González, Juez Ponente | ||
| RESOLUCION | ... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito