Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. ALEMANY ROSADO, ANTONIO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500892
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
Antonio Alemany Rosado, condenado en 1999 a 70 años de prisión por asesinato y otros delitos, agotó sus recursos de apelación y revisión ante el Tribunal Supremo. En abril de 2015, presentó una moción bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal solicitando la nulidad del proceso. Alegó que el Estado no presentó pruebas de ADN y que la prueba de identificación estuvo viciada. El Tribunal de Primera Instancia denegó su solicitud en mayo de 2015. Alemany Rosado recurrió entonces ante este Tribunal de Apelaciones. El panel no encontró error ni abuso de discreción en la resolución recurrida. Se recordó que la Regla 192.1 no sustituye la apelación ni permite relitigar hechos ya adjudicados, como los relacionados a la identificación del peticionario. Aunque un tribunal puede ordenar pruebas de ADN, el peticionario debe exponer fundamentos que justifiquen reabrir el caso y crear duda legítima sobre el juicio. Al no presentar dichos fundamentos, el Tribunal de Primera Instancia actuó correctamente al denegar la moción.
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramirez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Flores García y el Juez Sánchez Ramos.
Brau Ramírez, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015. El 20 de septiembre de 1999, el peticionario Antonio Alemany Rosado fue condenado por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, a cumplir sentencias agregadas de prisión de 70 años por asesinato y otros delitos. El peticionario apeló de su dictamen ante este Tribunal, KLAN1999-01055, el que confirmó su sentencia. Acudió entonces ante el Tribunal Supremo d...
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