Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. FIGUEROA PEREZ, JOSE A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500885
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
La sentencia resuelve un recurso de certiorari presentado por José A. Figueroa Pérez, quien solicita un nuevo juicio bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. El peticionario alega representación legal inadecuada e inefectiva como fundamento para su solicitud. El documento describe la Regla 192.1, un mecanismo para que un sentenciado impugne su sentencia. Permite solicitar la modificación, anulación o corrección de la sentencia por motivos específicos. Estos motivos incluyen violaciones constitucionales, falta de jurisdicción, sentencia excesiva o ataque colateral por defectos fundamentales. La regla requiere la presentación de una moción que incluya todos los fundamentos disponibles. El tribunal debe evaluar la moción, notificar al fiscal y, si procede, celebrar una vista con asistencia legal. Si se encuentra un defecto fundamental, el tribunal puede anular la sentencia, ordenar la libertad o conceder un nuevo juicio. Se aclara que la Regla 192.1 se limita a defectos fundamentales que impliquen un fracaso de la justicia. No es un sustituto del proceso de apelación ordinario ni permite corregir errores de juicio o alegar inocencia.
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Flores García y el Juez Sánchez Ramos.
Flores García, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.
La parte peticionaria, José A. Figueroa Pérez, es miembro de la población correccional y acude directamente ante esta segunda instancia judicial mediante un recurso de certiorari solicitando la celebración de un nuevo juicio al amparo de la Regla 192.1. El peticionario sostiene que durante el proceso judicial tuvo una representación legal inadecuada e inefectiva.
L...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito