Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. PEREZ GONZALEZ, ALEX M
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500781
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
El Tribunal de Apelaciones resuelve una petición de certiorari presentada por Alex M. Pérez González. El peticionario impugna una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que denegó su solicitud de corrección de sentencia. Pérez González fue sentenciado a cuatro años de prisión por infracción al Artículo 194 del Código Penal. Solicitó la corrección argumentando que el delito fue enmendado posteriormente a menos grave y que debía aplicarse el principio de favorabilidad. El Ministerio Público se opuso, alegando que la sentencia era válida, el término para corregirla había vencido y el Artículo 303 del Código Penal limitaba la aplicación retroactiva de la ley más favorable. El TPI denegó la moción, basándose en que el principio de favorabilidad no es constitucional y está limitado por la cláusula de reserva del Artículo 303, según jurisprudencia del Tribunal Supremo. El peticionario recurrió al Tribunal de Apelaciones, alegando que la decisión del TPI violaba derechos constitucionales y el principio de favorabilidad. Tras examinar la petición y el expediente, el Tribunal de Apelaciones procede a denegar la expedición del auto de certiorari solicitado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ Y AGUADILLA PANEL X | ||
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| El Pueblo de Puerto Rico Recurrido vs. Alex m. Pérez González Peticionario | KLCE201500781 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla Sobre: Art. 194 del Código Penal Crim. Núm. A BD2014G0148 |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa |
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