Partes:
MEDUÑA, CYRIL L V. APONTE, GERARDO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500768
Año:
2015
Fecha:
16 de julio de 2015
Recurso de Certiorari ante el Tribunal de Apelaciones presentado por Gerardo Aponte, Entrada Inc. y Entrada MFG, Inc. Impugnan una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que concedió un embargo preventivo por $250,000.00. La acción original fue incoada por Cyril L. Meduña y María L. Ferré por incumplimiento de contrato, resolución y daños. Los demandantes alegaron defectos en la instalación de puertas, reclamando la devolución de $142,751.00 pagados y daños por $200,000.00. El TPI, tras evaluar la prueba, determinó procedente el embargo solicitado. Los peticionarios argumentan que el TPI erró al evaluar la probabilidad de éxito de los demandantes y al fijar la cuantía del embargo. Los recurridos se opusieron a la expedición del recurso de Certiorari. Se notificó al Tribunal de Apelaciones que el mandamiento de ejecución del embargo fue expedido y diligenciado tras la presentación del recurso. La Resolución detalla el marco legal para la revisión de órdenes interlocutorias mediante Certiorari conforme a la Regla 52.1 de Procedimiento Civil.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL III | ||
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| CYRIL L. MEDUÑA, MARIA LUISA FERRÉ RANGEL, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS. RECURRIDO V. GERARDO APONTE; FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA ENTRE AMBOS; ENTRADA, INC., ENTRADA MFG, INC.; ASEGURADORA ABC PETICIONARIO | KLCE201500768 | CERTIORARI PROCEDENTE DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE SAN JUAN CASO NÚM. KAC2014-0704 SOBRE: INCUM... |
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