Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. GUEVARA ORTIZ, JOSE A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500699
Año:
2015
Fecha:
26 de junio de 2015
La Sentencia del Tribunal de Apelaciones desestima un recurso de Certiorari presentado por José Guevara Ortiz. El peticionario solicitaba la revisión de una determinación del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de Habeas Corpus. En dicha moción, Guevara Ortiz impugnaba una alegación de culpabilidad de 2013, argumentando representación legal inadecuada y coacción. El foro primario había resuelto previamente estos mismos argumentos al denegar una solicitud bajo la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal. La moción de Habeas Corpus fue declarada académica por el Tribunal de Primera Instancia al considerar que el asunto ya había sido resuelto. El Tribunal de Apelaciones concluye que carece de jurisdicción para atender el recurso de Certiorari. La desestimación se fundamenta en que el recurso fue presentado de forma tardía. La revisión judicial debió instarse contra la resolución original que denegó la solicitud bajo la Regla 192.1.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido V.
JOSÉ GUEVARA ORTIZ Peticionario
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama
KLCE201500699 Caso Núm.: G IS2013G0014
Sobre: Art. 142 Agresión Sexual
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Cintrón Cintrón y la Jueza Vicenty Nazario.
En San Juan, Puerto Rico a 26 de junio de 2015 Comparece el señor José A. Guevar...
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