Partes:
GARCIA GAONA, JOSE A V. ORTIZ COLON, BETZAIDA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500656
Año:
2015
Fecha:
19 de junio de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite una Resolución en respuesta a un recurso de certiorari presentado por Betzaida Ortiz Colón. La peticionaria impugna una Orden del Tribunal de Primera Instancia en un pleito sobre liquidación de comunidad de bienes iniciado por José A. García Gaona. El foro primario había eliminado la reconvención presentada por la peticionaria, quien alegaba que no existió comunidad de bienes sino donaciones y que la demanda constituía una violación a un contrato verbal de donación. La eliminación de la reconvención ocurrió tras incumplimientos procesales por parte de la defensa de la peticionaria. Aunque el Tribunal de Primera Instancia dejó sin efecto una anotación de rebeldía, mantuvo la eliminación de la reconvención. La peticionaria argumentó en su certiorari que la reconvención era meritoria y compulsoria y que su eliminación le causaba perjuicio. El Tribunal de Apelaciones, aplicando su Reglamento, procedió a resolver el recurso sin mayor trámite. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal deniega la expedición del auto de certiorari solicitado por la peticionaria.
| |Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL II | |||
|---|---|---|---|
| JOSÉ A. GARCÍA GAONA Demandante Recurrido | KLCE201500656 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan | |
| Civil Núm.: K AC2012-0335 (906) | |||
| BETZAIDA ORTIZ COLÓN Demandada Peticionaria | Sobre: Liquidación de Comunidad de Bienes |
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Candelaria Rosa, J...
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