Partes:
MORALES ARROCHO, YEIDA V. COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO MOROVEÑA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500655
Año:
2015
Fecha:
30 de junio de 2015
La Cooperativa Ahorro y Crédito Moroveña compareció ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico mediante un recurso de certiorari. Solicitó la revisión y revocación de una resolución interlocutoria del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo. Dicha resolución denegó una solicitud de sentencia sumaria presentada por la Cooperativa en un pleito de despido injustificado incoado por Yeida Morales Arocho. El Tribunal de Apelaciones, sin embargo, denegó expedir el auto de certiorari solicitado. Fundamentó su decisión en que los dictámenes interlocutorios en pleitos bajo el procedimiento sumario de la Ley Núm. 2 de 1961 no son revisables. La revisión solo procede si se dictaron sin jurisdicción o si los fines de la justicia requieren la intervención apelativa. El Tribunal determinó que ninguna de estas excepciones aplicaba al caso. Por tanto, se denegó el auto solicitado y se ordenó desglosar los apéndices para uso futuro.
YEIDA MORALES AROCHO
v.
COOPERATIVA AHORRO y CREDITO MOROVEÑA
| CERTIORARI | |
|---|---|
| procedente del | |
| Tribunal de | |
| Primera | |
| Instancia, Sala | |
| de Arecibo | |
| Civil Núm. | |
| C PE 204-0015 | |
| Despido | |
| Injustificado |
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Cintrón Cintrón y la Jueza Vicenty Nazario.
Cintrón Cintrón, Jueza Ponente
En San Ju...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito