Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. VARGAS DERIEUX, WILBERT ROBERTO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500651
Año:
2015
Fecha:
27 de mayo de 2015
El Tribunal de Apelaciones deniega la expedición de un recurso de certiorari presentado por Wilberto Roberto Vargas Derieux. El peticionario solicitaba la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) que declaró "No Ha Lugar" su solicitud de supresión de evidencia. La evidencia en cuestión, bolsitas con marihuana encontradas en un inodoro, fue descubierta por agentes que entraron a un apartamento para diligenciar una orden de arresto contra otra persona. Un agente percibió olor a marihuana y escuchó el inodoro al entrar, observando al peticionario salir de un cuarto y la droga en la taza. El TPI concedió credibilidad a los agentes y denegó la supresión. Vargas Derieux alegó que la evidencia fue obtenida mediante un registro ilegal sin orden judicial. Tras examinar el expediente y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la solicitud de certiorari.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE MAYAGÜEZ Y AGUADILLA PANEL X | ||
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| El Pueblo de Puerto Rico Recurrido vs. Wilberto Roberto Vargas Derieux Peticionario | KLCE201500651 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez Sobre: Art. 401 Ley 4 Crim. Núm. I SCR201500014 |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa |
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