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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE201500644

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CORDERO CORTES, CARLOS

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. CORDERO CORTES, CARLOS

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE201500644

Año:

2015

Fecha:

29 de mayo de 2015

Resumen

El señor Carlos Cordero Cortes presentó un recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. Buscaba revocar una Resolución del Tribunal de Primera Instancia de Aguadilla. Dicha Resolución denegó su solicitud para que se le abonara a su sentencia el tiempo cumplido bajo sentencia suspendida, la cual le fue revocada. La Resolución del TPI fue notificada el 20 de febrero de 2015. El recurso de certiorari ante el Tribunal de Apelaciones fue presentado el 7 de mayo de 2015. El Tribunal de Apelaciones consideró el recurso a la luz del derecho aplicable. Resolvió desestimar el recurso presentado. La desestimación se fundamenta en que el recurso fue presentado de forma tardía, ya que la Regla 52.2 de Procedimiento Civil establece un término estricto de treinta días para presentar recursos de certiorari desde la notificación de la resolución recurrida.

Contenido del Caso

Estado Libre Asociado de Puerto Rico
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE AGUADILLA
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Recurrido
KLCE201500644Certiorari
Procedente del
Tribunal de
Aguadilla
v.ASC2011G0616
ASC2014G0252
CARLOS CORDERO
CORTES
Peticionario
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez
Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez
Candelaria Rosa.
Ramírez Nazario, Erik Juan, Juez Ponente
RESOLUCION
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de...
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