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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE201500600

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. SEARY COLON, JUAN E

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. SEARY COLON, JUAN E

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE201500600

Año:

2015

Fecha:

12 de mayo de 2015

Resumen

Comparece Juan E. Seary Colón solicitando un auto de certiorari y auxilio de jurisdicción para paralizar su sentencia y revisar la denegatoria de su moción de nuevo juicio. El peticionario fue hallado culpable por un jurado de varios delitos, incluyendo asesinato en primer grado. La moción de nuevo juicio se basó en alegaciones de que miembros del jurado realizaron búsquedas en internet sobre su historial delictivo y compartieron esa información durante las deliberaciones. El Tribunal de Primera Instancia celebró una vista con los jurados y determinó que no se utilizó evidencia extrínseca para rendir el veredicto. Por ello, declaró No Ha Lugar la moción de nuevo juicio. El peticionario argumenta ante este foro que el tribunal primario erró al denegar la moción, pues hubo admisión de compartir información externa. Este panel revisó la solicitud del peticionario. Por los fundamentos expuestos, se deniega expedir el auto solicitado. En consecuencia, se declara No Ha Lugar la moción en auxilio de jurisdicción.

Contenido del Caso

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Jueza Gómez Córdova y la Jueza Rivera Marchand ¹ y el Juez Bonilla Ortiz.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de mayo de 2015. Comparece ante nosotros el Sr. Juan E. Seary Colón mediante recurso de certiorari acompañado de una moción en auxilio de nuestra jurisdicción. Nos solicita que paralicemos el acto de alocución de sentencia señalado para el 13 de mayo de 2015 hasta tanto revisemos la determinación del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, que declaró No Ha Lugar una moción de nuevo juicio prese...

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