Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. COLLAZO ORTIZ, LUIS E
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500573
Año:
2015
Fecha:
22 de mayo de 2015
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico relativa a una solicitud de reconsideración de probatoria presentada por Luis E. Collazo Ortiz. El peticionario acudió al tribunal apelativo tras una resolución previa que refirió su caso al Tribunal de Primera Instancia. Posteriormente, el foro primario le notificó que carecía de jurisdicción para atender su petición. Ante esta situación, el peticionario solicitó la reconsideración de la probatoria ante el Tribunal de Apelaciones. La sentencia expone las reglas de procedimiento aplicables a los recursos de certiorari. Se detallan los términos estrictos de treinta días para su presentación y los requisitos de contenido, incluyendo la documentación necesaria en el apéndice. El documento enfatiza la necesidad de cumplir con las exigencias legales y reglamentarias para perfeccionar un recurso. Esto es indispensable para que el foro apelativo adquiera jurisdicción y pueda revisar la decisión recurrida. La sentencia establece el marco procesal y normativo relevante para el caso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE - GUAYAMA PANEL VII | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aibonito | |
| v. | KLC | Núm. Caso: BSC2014G0201; BSC2014G0202; BSC2014G0203 |
| LUIS E. COLLAZO ORTIZ | Sobre: Reconsideración de Probatoria | |
| Peticionario | Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Flores García y el Juez... |
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