Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. RIOS IRIZARRY, HAROLD
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500546
Año:
2015
Fecha:
26 de mayo de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa mediante certiorari una resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI). El peticionario, Harold Ríos Irizarry, cumple una sentencia por agresión sexual y solicitó al TPI extinguir el tiempo restante de su pena bajo probatoria o supervisión electrónica. Argumentó haber cumplido más de cinco años, estar en custodia mínima, sin querellas, y haber demostrado rehabilitación con estudios y un plan de salida. El TPI denegó su moción, indicando que debía radicar su petición ante la Junta de Libertad Bajo Palabra. Ríos Irizarry recurre al Tribunal de Apelaciones, alegando que el TPI erró al no evaluar su caso y enviarlo a la Junta tras haber agotado otros recursos. Pide la revocación de la resolución del TPI y que se ordene su salida bajo un método alterno a la cárcel. El Tribunal de Apelaciones procede a evaluar la determinación del TPI.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL III | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. HAROLD RÍOS IRIZARRY Peticionario | KLCE20150546 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Caso Núm. JIS2007G0016 Sobre: Art. 142 CP-2do Grado |
| Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Jueza Colom García y el Juez Steidel Figueroa | ||
| RESOLUCIÓN | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 26 de mayo de 2015. | ||
| Ha... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito