Partes:
SUAREZ CORTES, ELIMANUEL V. BANCO POPULAR DE PR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500532
Año:
2015
Fecha:
27 de abril de 2015
Sentencia del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico que atiende un recurso de certiorari presentado por Banco Popular de Puerto Rico y Universal Insurance Company. Los peticionarios impugnan una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de suspender un juicio por daños y perjuicios. Dicha solicitud se fundamentó en la imposibilidad de su perito de asistir al juicio debido a una recurrencia médica. Los peticionarios también pidieron la sustitución del perito para evitar dilaciones. Argumentaron que la denegatoria vulneraba su derecho al debido proceso de ley al impedirles una defensa adecuada. El Tribunal de Apelaciones afirma su autoridad para revisar la determinación. Se basa en la Regla 52.1 de Procedimiento Civil, considerando que el asunto involucra peritos y que no intervenir en este momento causaría un fracaso irremediable de la justicia. La sentencia contextualiza la revisión dentro del propósito de la Regla 52.1 de agilizar los litigios.
ELIMALIEL SUÁREZ CORTÉS Recurrido v.
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, ET AL. Peticionario
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo
Caso Núm.: N3CI201400037
Sobre: DAÑOS Y PERJUICIOS
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez ¹, la Juez Gómez Córdova, la Juez Rivera Marchand y el Juez Bonilla Ortiz.
Gómez Córdova, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 27 de abril de 2015. Comparecieron ante nosotros...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito