Partes:
GONZALEZ RODRIGUEZ, RAMONA V. ROSADO DE JESUS, NELSON
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500473
Año:
2015
Fecha:
29 de abril de 2015
Esta Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico atiende una petición de certiorari. Los peticionarios, el matrimonio Rosado-Vázquez, solicitaron la revisión de una decisión del Tribunal de Primera Instancia de Utuado. Dicha decisión declaró No Ha Lugar la moción de desestimación presentada por los peticionarios en un caso subyacente. El caso original fue incoado por Ramona González y la Sucesión de Efrén Rosado de Jesús. La demanda principal versa sobre un interdicto posesorio, perturbación o estorbo, y daños y perjuicios relacionados con un predio de terreno. Los demandantes en el caso original alegan posesión del inmueble y que los demandados tomaron control ilegalmente. Los demandados (peticionarios en el certiorari) negaron las alegaciones, argumentaron que el interdicto no era el remedio adecuado y reclamaron co-propiedad. El Tribunal de Primera Instancia denegó la desestimación solicitada por los demandados. Inconformes, los demandados acudieron al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari. Tras evaluar la petición, el Tribunal de Apelaciones deniega la expedición del auto de certiorari.
RAMONA GONZÁLEZ Y OTROS Recurridos v.
KLCE201500473
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado
Caso Núm.: L PE2014-0037
Sobre: Interdicto posesorio, Ley de perturbación o estorbo; Daños y perjuicios
Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Juez Cintrón Cintrón y la Jueza Vicenty Nazario.
En San Juan, Puerto Rico a 29 de abril de 2015. Nelson Rosado de Jesús, Magdal...
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