Partes:
MARTINEZ UMPIERRE, MANUEL V. BLANCO MARTINEZ, RAFAEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500388
Año:
2015
Fecha:
27 de marzo de 2015
La Oficina de Instituciones Financieras (OCIF) y su Comisionado presentaron un recurso de certiorari y una moción en auxilio de jurisdicción ante el Tribunal de Apelaciones. Buscaban la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan. Dicha Resolución declaró No Ha Lugar una moción de desestimación de una solicitud de mandamus presentada por la OCIF. Además, el foro de instancia ordenó la inspección en cámara de documentos solicitados por las partes demandantes e interventores. Los peticionarios solicitaron al Tribunal de Apelaciones paralizar los procedimientos del TPI dirigidos a la producción de dichos documentos. Alegaron que el TPI incidió al no evaluar la validez y confidencialidad de los documentos bajo leyes específicas. El Tribunal de Apelaciones consideró el recurso, la moción de auxilio de jurisdicción y una oposición presentada. Finalmente, el Tribunal resolvió denegar la expedición del auto de certiorari solicitado. También denegó la moción de auxilio de jurisdicción que le acompañaba.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANEL II
Panel integrado por su presidente, el Juez Ramírez Nazario, el Juez Rodríguez Casillas y el Juez Candelaria Rosa.
Candelaria Rosa, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2015. Comparecen los peticionarios, la Oficina de Instituciones Financieras de Puerto Rico (OCIF) y el licenciado Rafael Blanco Latorre, Comisionado de Instituciones Financieras mediante el recurso de certiorari de epígrafe. Nos solicitan que revisemos la Resolución emitida el 5 de fe...
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