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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE201500385

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. MUNICIPIO AUTONOMO DE CAROLINA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. MUNICIPIO AUTONOMO DE CAROLINA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE201500385

Año:

2015

Fecha:

27 de abril de 2015

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró una petición de certiorari del Municipio Autónomo de Carolina. El Municipio solicitaba revocar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó la desestimación de una demanda de Banco Popular de Puerto Rico. Banco Popular impugnó una notificación de deficiencia de patentes municipales. La controversia se centraba en si la demanda de impugnación había caducado. El Municipio argumentó que la demanda, presentada el 1 de julio de 2013, estaba fuera del término de 30 días desde el envío por correo de la notificación final el 30 de mayo de 2013. Banco Popular replicó que el día 30 caía sábado, por lo que, conforme a la Regla 68.1 de Procedimiento Civil, el término se extendía hasta el siguiente día hábil, el 1 de julio. El Tribunal de Primera Instancia resolvió que la Regla 68.1 aplicaba y la demanda fue presentada a tiempo. El Tribunal de Apelaciones, tras evaluar la petición, resolvió denegar la expedición del auto discrecional sin trámite ulterior.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN PANELI

BANCO POPULAR DE PUERTO RICOCertiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan
RecurridoKLCE201500385
v.Caso Núm.:
K CO2013-0026
MUNICIPIO AUTÓNOMO DE CAROLINASobre:
Impugnación de Deficiencia de Patentes Municipales
Peticionario

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres

Fraticelli Torres, Jueza Ponente

RESOLUCIÓ...

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