Partes:
RODRIGUEZ ORTIZ, JOSE E V. RODRIGUEZ ORTIZ, IVONNE
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500372
Año:
2015
Fecha:
29 de abril de 2015
Resolución del Tribunal de Apelaciones sobre una Petición de Certiorari en un caso de nombramiento de administrador judicial. El litigio se originó en 2008 por la administración de un negocio (Motel Villa Arco Iris, Inc.) parte del caudal hereditario de la madre de las partes. El recurrido alegó exclusión y manejo irregular del negocio por parte de su hermana y cuñado. La petición de certiorari impugna una Orden del Tribunal de Primera Instancia que requirió a los peticionarios entregar documentos a un CPA para una investigación forense del motel. El Tribunal de Apelaciones declina expedir el auto de certiorari. La decisión se fundamenta en la Regla 52.1 de Procedimiento Civil, que impide considerar los méritos en esta etapa. La negativa a expedir el auto no prejuzga los méritos del asunto, el cual puede ser reproducido en una etapa posterior mediante apelación.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES Región Judicial de Caguas Panel IX | ||
|---|---|---|
| JOSÉ E. RODRÍGUEZ ORTIZ Recurrido | KLCE201500372 | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas |
| YVONNE RODRÍGUEZ ORTIZ, RUBÉN SANTOS SANTIAGO, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESGTA POR AMBOS | Civil. Núm.: E AC2008-0061 (704) | |
| Peticionarios | Sobre: Nombramiento Administrador Judicial | |
| Panel integrado por su preside... |
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito