Partes:
DORAL BANK V. CRUZ RESTO, HECTOR
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500357
Año:
2015
Fecha:
23 de abril de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revisa una resolución post-sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de ejecución de hipoteca instado por Doral Bank. Doral Bank demandó a Héctor Cruz Resto y Jannette Del Rosario Morales Ortega. El señor Cruz fue emplazado personalmente, mientras que la señora Morales fue emplazada por edicto. Tras dictarse sentencia en rebeldía contra ambos, el tribunal de instancia ordenó notificar dicha sentencia a ambos demandados mediante publicación por edicto. Doral Bank recurrió, argumentando que la notificación por edicto no procedía para el señor Cruz, quien fue emplazado personalmente, y debía realizarse a su última dirección conocida. La institución bancaria también solicitó corregir un error tipográfico en el nombre de la señora Morales en la notificación por edicto. El recurso de certiorari civil busca la revisión de la determinación del foro primario que sostuvo la orden de notificar por edicto al demandado emplazado personalmente.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y UTUADO PANEL VI
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Brignoni Mártir y la Jueza Romero García.
Jiménez Velázquez, Jueza Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 23 de abril de 2015. Doral Bank recurrió ante nos, mediante Certiorari civil, en el que procuró la revisión de la Resolución post-sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, el 17 de febrero de 2015, y notificada dos días después. En virtud del referido dictamen interloc...
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