Partes:
RIVERA MERCADO, PATRIA V. VIDAL RODRIGUEZ, HERMES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500354
Año:
2015
Fecha:
13 de abril de 2015
Esta resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico aborda la liquidación de bienes gananciales tras el divorcio de las partes. Luego de la sentencia de divorcio en marzo de 2012, el peticionario mantuvo control exclusivo sobre cuentas bancarias, una corporación de construcción y la propiedad que fue la residencia conyugal. La recurrida instó una acción para liquidar la sociedad de gananciales. Durante el litigio, la recurrida solicitó un embargo de las cuentas bancarias del peticionario, el cual fue denegado por el Tribunal de Primera Instancia tras una vista evidenciaria. No obstante, el Tribunal de Primera Instancia determinó que el uso exclusivo de la propiedad por parte del peticionario obligaba al pago de una renta a la recurrida. El tribunal estimó una renta de $2,000 mensuales y ordenó al peticionario pagar la mitad a la recurrida, retroactivo a la fecha del divorcio. El peticionario solicitó reconsideración de esta orden, alegando que la renta no fue solicitada y que la cuantía era un estimado. La recurrida se opuso a la reconsideración, presentando evidencia de ingresos de la corporación.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA FANEL VII
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres, el Juez Flores García y el Juez Sánchez Ramos.
Brau Ramírez, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 13 de abril de 2015. Las partes residen en Yauco y estuvieron casadas. Durante su matrimonio, acumularon numerosos bienes, incluyendo varias cuentas de banco y vehículos de motor. El peticionario Hermes Vidal Rodríguez hacía negocios de construcción a través de una corporación llamada Vidal L...
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