Partes:
VAZQUEZ ALDRICH, BRENDA V. GIERBOLINI BONILLA, JOSE FRANCISCO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500256
Año:
2015
Fecha:
11 de marzo de 2015
El Tribunal de Apelaciones desestima un recurso de certiorari presentado por el Sr. José Francisco Gierbolini Bonilla. El recurso buscaba revocar una orden del Tribunal de Primera Instancia que le impuso el pago de $3,000 en honorarios de abogado. Dicha imposición se basó en actuaciones consideradas frívolas y temerarias por el foro primario en un pleito de revisión de pensión alimentaria iniciado por el peticionario, el cual posteriormente desistió. Tras la imposición de honorarios, el Sr. Gierbolini Bonilla presentó una moción de reconsideración ante el Tribunal de Primera Instancia, la cual fue declarada No Ha Lugar. El Tribunal de Apelaciones determina que carece de jurisdicción para atender el recurso de certiorari. La desestimación se fundamenta en la presentación prematura del recurso ante el foro apelativo.
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Juez Rivera Marchand.
Rivera Marchand, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 11 de marzo de 2015. Comparece ante nos el Sr. José Francisco Gierbolini Bonilla mediante recurso de certiorari presentado el 26 de febrero de 2015 y solicita la revocación de una orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama, el 22 de octubre de 2014, notificada el 24 de octubr...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito