Partes:
LSREF2 ISLAND HOLDINGS, LTD. V. DIAZ MIRANDA, JULIO IVAN
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500244
Año:
2015
Fecha:
31 de marzo de 2015
Julio Iván Díaz Miranda y Damaris Cruz Díaz solicitaron al Tribunal de Apelaciones revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia. Dicha resolución denegó su moción para obtener relevo de una sentencia previa sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca. Los peticionarios alegaron que la notificación de la sentencia original fue defectuosa, impidiéndoles defenderse adecuadamente. El Tribunal de Primera Instancia declaró no ha lugar la moción de relevo y ordenó una nueva orden de lanzamiento. Los peticionarios recurrieron en certiorari ante el Tribunal de Apelaciones. La parte recurrida, LSREF2 Island Holding Ltd., Inc., solicitó la desestimación del recurso por falta de jurisdicción. Arguyó que los peticionarios no le notificaron el escrito de certiorari dentro del término reglamentario. El Tribunal de Apelaciones analizó los documentos presentados. Resolvió denegar el auto de certiorari. La denegación se fundamenta en la falta de jurisdicción del tribunal apelativo debido al incumplimiento de los peticionarios con las normas de perfeccionamiento del recurso, específicamente la notificación oportuna a las partes.
| LSREF2 ISLAND HOLDINGS LTD. | CERTIORARI | |
|---|---|---|
| INC. | Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan | |
| Recurrido | ||
| v. | KLCE201500244 | CASO NÚM.: K CD2011-1211 |
| JULIO IVÁN DÍAZ MIRANDA; DAMARIS CRUZ DÍAZ; Sociedad Legal de Gananciales compuestas por ambos | SOBRE: Cobro de Dinero, Ejecución de Hipoteca | |
| Peticionarios |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Ju...
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