Partes:
SANTANA BAEZ, ELIEZER V. CABAN, MIGUEL
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500167
Año:
2015
Fecha:
18 de febrero de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una sentencia en respuesta a un recurso de certiorari presentado por Eliezer Santana Báez. El peticionario impugnó la determinación del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón que denegó una solicitud para consolidar varios pleitos de daños y perjuicios instados por distintos reclusos. Santana Báez argumentó que la consolidación era necesaria para evitar decisiones inconsistentes en casos con hechos y derecho idénticos. El Tribunal de Apelaciones evaluó el recurso a la luz de la Regla 52.1 de Procedimiento Civil. Esta regla limita la autoridad del Tribunal para revisar órdenes interlocutorias mediante certiorari a materias específicas. El Tribunal determinó que la denegatoria de consolidación no está comprendida en la Regla 52.1. Tampoco consideró que la situación constituyera un fracaso irremediable de la justicia. Por lo tanto, al carecer de autoridad para intervenir con la decisión impugnada, el Tribunal denegó expedir el auto de certiorari solicitado.
| ELIEZER SANTANA BÁEZ Y OTROS | KLCE201500167 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón |
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| PETICIONARIO | CASO NÚM. D DP2014-0637 | |
| V | ||
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO | SOBRE: | |
| RECURRIDO | Daños y Perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Juez Rivera Marchand.
Gómez Córdova, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Ric...
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