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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE201500060

CAMPOS COLON, LYDIA SOCORRO V. E L A DE PR

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

CAMPOS COLON, LYDIA SOCORRO V. E L A DE PR

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE201500060

Año:

2015

Fecha:

9 de marzo de 2015

Resumen

Una ciudadana demandó al Estado Libre Asociado, el Departamento de la Familia y ASUME reclamando la entrega de pagos de pensión alimentaria y compensación por daños y perjuicios. La demandante alega que ASUME no le entregó $17,600 pagados por su ex esposo y que el manejo negligente y público de su caso por parte de la agencia le causó angustias mentales. En el Tribunal de Primera Instancia, el Estado solicitó la desestimación de la reclamación de daños. El Estado argumentó que la demandante no cumplió con el requisito de notificación previa establecido por la Ley de Pleitos contra el Estado. El Tribunal de Primera Instancia denegó la moción de desestimación del Estado. El Estado recurrió entonces al Tribunal de Apelaciones mediante certiorari para revisar esa determinación. El Tribunal de Apelaciones concedió término a la demandante para mostrar causa por la cual no debía expedirse el auto solicitado por el Estado. El procedimiento ante el Tribunal de Apelaciones se enfoca en determinar si procedía la desestimación de la reclamación de daños por la alegada falta de notificación.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
TRIBUNAL DE APELACIONES
REGIÓN JUDICIAL DE PONCE-HUMACAO
FANEL VII

Lydia Socorro CamposCertiorari
Colónprocedente del
Tribunal de
RECURRIDAKLCE2015-00060Primera Instancia
v.Sala de Guayama
Estado Libre AsociadoCaso Núm.:
de Puerto Rico;G DP2014-0061
Departamento de la(302)
Familia;Sobre:
Administración para elDaños y
Sustento de MenoresPerjuicios
PETICIONARIOS

Panel integrado por su presidente, el...

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