Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO V. VAZQUEZ AYALA, BERNABELA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201500056
Año:
2015
Fecha:
27 de febrero de 2015
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico. Atiende una petición de certiorari presentada por Banco Popular de Puerto Rico (BPPR). BPPR solicita la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia (TPI) de Mayagüez. La Resolución del TPI, emitida en diciembre de 2014, declaró "No Ha Lugar" una moción de BPPR titulada "Urgente Moción en Solicitud de Relevo de Sentencia y Otros Extremos". Esta moción se relaciona con una Sentencia previa del TPI de abril de 2013 en un caso de cobro de dinero y ejecución de hipoteca instado por BPPR. Dicha Sentencia original declaró "No Ha Lugar" la demanda contra los herederos de uno de los demandados por insuficiencia en la interpelación, pero "Con Lugar" contra la otra codemandada. BPPR había solicitado reconsideración de la Sentencia original, la cual fue denegada. También había presentado un recurso de apelación previo que fue desestimado por prematuro. Tras examinar el expediente y el derecho aplicable, el Tribunal de Apelaciones resuelve denegar la expedición del auto de certiorari solicitado por BPPR.
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Rivera Colón y la Juez Nieves Figueroa
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de febrero de 2015. Comparece ante nos el Banco Popular de Puerto Rico (BPPR) quien insta la presente petición de certiorari y solicita que se revise una Resolución emitida el 15 de diciembre de 2014 y notificada el 17 de igual mes y año por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez (TPI). En lo concernient...
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