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Casos/Tribunal de Apelaciones/KLCE201401711

SUCN ISMAEL OQUENDO BATISTA V. MARTINEZ, ALTAGRACIA

Tribunal de Apelaciones

Información del Caso

Partes:

SUCN ISMAEL OQUENDO BATISTA V. MARTINEZ, ALTAGRACIA

Ponente:

—

Materia:

—

Detalles Técnicos

Número de Caso:

KLCE201401711

Año:

2015

Fecha:

5 de febrero de 2015

Resumen

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestimó un recurso de certiorari presentado por Altagracia Martínez. La petición buscaba revisar una orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó una demanda contra terceros en un caso de impugnación de testamento. La desestimación se basó en la falta de jurisdicción del tribunal apelativo. Se explicó que el recurso de certiorari contra órdenes interlocutorias tiene un término estricto de 30 días para su presentación. Si bien este término puede prorrogarse, la parte recurrente debe acreditar y detallar una justa causa para cualquier dilación. Al no cumplirse con este requisito de justificación detallada, el tribunal careció de discreción para aceptar el recurso tardío. Se hizo referencia a la posibilidad de interrumpir el término mediante una moción de reconsideración ante el foro primario, siempre que cumpla con los requisitos de especificidad. La falta de cumplimiento con los términos procesales resultó en la desestimación del certiorari.

Contenido del Caso

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES REGION JUDICIAL de AIBONITO - ARECIBO - FAJARDO PANEL XI

ISMAEL OQUENDO BATISTA (Sucn.)

Recurrido

v.

ALTAGRACIA MARTÍNEZ Peticionaria

CERTIORARI
procedente del
Tribunal de
Primera
Instancia, Sala
de Arecibo
Civil Núm.
C AC 2009-0174
Impugnación de
Testamento

Panel integrado por su presidente, el Juez González Vargas, la Jueza Cintrón Cintrón y la Jueza Vicenty Nazario.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 05 de febrero de 2015. La señora Altagracia Martínez R...

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