Partes:
RIVERA SANTIAGO, SANDALIO V. HOSPITAL GENERAL MENONITA CAYEY
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201401695
Año:
2015
Fecha:
30 de enero de 2015
Esta resolución del Tribunal de Apelaciones atiende una solicitud de certiorari presentada por el Hospital General Menonita. El Hospital impugna una orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó su moción de desestimación por prescripción. La demanda original fue presentada por Sandalio Rivera Santiago y otros por daños y perjuicios tras el fallecimiento de Carmen Jiménez Cintrón en el Hospital, alegando negligencia médica. El Hospital argumentó que la demanda original no interrumpió el término prescriptivo por no contener una relación sucinta de hechos suficiente. El Tribunal de Primera Instancia determinó que las alegaciones de la demanda original eran suficientes en derecho para interrumpir la prescripción. Los demandantes recurridos se opusieron al certiorari, sosteniendo que la demanda original cumplió con el requisito de notificar las reclamaciones. El Tribunal de Apelaciones examinó la solicitud de certiorari. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones denegó la expedición del recurso solicitado. Esto implica que la orden del Tribunal de Primera Instancia que denegó la desestimación se mantiene.
SANDALIO RIVERA SANTIAGO Y OTROS
Demandante - Recurrido v.
HOSPITAL GENERAL MENONITA, INC. Y OTROS
Demandados - Peticionario
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama
Civil núm.: G DP2014-0002 (303)
Sobre: Daños y Perjuicios
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona Méndez, la Juez Gómez Córdova y la Juez Rivera Marchand
Varona Méndez, Jueza Ponente
En San Juan, Puerto Rico a 30 de enero de 2015. El Hospital General Menonit...
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