Partes:
GARCIA RIVERA, ANTONIO V. CRESPO FIGUEROA, LUIS A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201401690
Año:
2015
Fecha:
31 de marzo de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por Luis A. Crespo Figueroa y otros. Los peticionarios buscan revisar una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de relevo bajo la Regla 49.2 de Procedimiento Civil. Dicha solicitud de relevo pretendía dejar sin efecto una resolución previa que declaró nulo un contrato de compraventa de 1998. La nulidad del contrato original se basó en la falta de comparecencia de la esposa del vendedor, al ser un bien ganancial. Los peticionarios argumentaron para el relevo que el matrimonio del vendedor era nulo ab initio y que habían adquirido la propiedad por usucapión. El Tribunal de Primera Instancia denegó el relevo por no cumplir los criterios de la Regla 49.2. Tras evaluar el recurso, el Tribunal de Apelaciones resuelve expedir el auto de certiorari solicitado. La corte procede a modificar el alcance de la resolución recurrida del foro de primera instancia.
| ANTONIO GARCÍA RIVERA, IVÁN GARCÍA RIVERA | KLCE201401690 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan |
|---|---|---|
| Recurridos | ||
| v. | ||
| LUIS A. CRESPO FIGUEROA, WANDA M. COLLAZO ÁVILES LA SOCIEDAD LEGAL CRESPOCOLLAZO | Caso Núm.: K AC2007-1943 | |
| Peticionarios | Sobre: Daños y Perjuicios | |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres |
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