Partes:
RIVERA MUÑOZ, CARLOS JOSE V. HOSPITAL EPISCOPAL SAN LUCAS INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201401562
Año:
2015
Fecha:
16 de abril de 2015
Resolución de un panel judicial que atiende recursos de apelación/certiorari presentados por doctores, una aseguradora y la parte demandante en un caso de impericia médica. Los recursos impugnan una Sentencia Parcial del Tribunal de Primera Instancia emitida el 10 de septiembre de 2014. En dicha sentencia, el foro primario decretó que el Hospital Episcopal San Lucas y los doctores Carlos García Gubern y René Purcell Jordán son acreedores de los límites de responsabilidad establecidos por la Ley Núm. 104 de 1955, Ley de Pleitos contra el Estado. Esta determinación se fundamentó en la aplicación de la Ley 136-2006, Ley de Centros Médicos Académicos Regionales. El caso subyacente es una demanda por la muerte de Rosalind M. Rivera Valladares, alegadamente por tratamiento negligente en el Hospital San Lucas. El Tribunal de Primera Instancia bifurcó el juicio para resolver primero la controversia sobre la inmunidad y el alcance de los límites de responsabilidad. La sentencia parcial recurrida concluyó que el hospital y los doctores, al ser parte de un Centro Académico Regional sin fines de lucro y tener contratos, estaban cubiertos por dichos límites. La presente resolución revisará la corrección de esta determinación.
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramirez, la Juez Varona Méndez y el Juez Flores García.
Flores García, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de abril de 2015. Comparecen los peticionarios, el Dr. Carlos García Gubern y el Dr. René Purcell Jordán mediante escritos de apelación independientes ¹, a los que se
⁰ ⁰: ¹ Aun cuando se han intitulado algunos escritos como apelación y el Tribunal de Primera Instancia ha denominado la Resolución como una sentencia parcial con las advertencias de rigor, acogemos los recursos como certiorar...
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