Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO V. VELAZQUEZ TORRES, PABLO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201401229
Año:
2015
Fecha:
22 de enero de 2015
Resolución del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un recurso de certiorari presentado por Pablo Velázquez Torres. El peticionario impugnaba una resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su solicitud de abono de tiempo en detención preventiva en casos por infracciones a la Ley de Violencia Doméstica. Velázquez Torres estuvo en prisión preventiva por estos casos desde el 10 de octubre de 2012. El 5 de noviembre de 2012, mientras estaba preventivo, comenzó a cumplir una sentencia previa por un caso de sustancias controladas. El 7 de diciembre de 2012, se declaró culpable en los casos de Ley 54 y fue sentenciado a cumplir pena consecutiva a cualquier otra sentencia. Solicitó que se le acreditara el tiempo de detención preventiva a la sentencia de Ley 54, pero el Tribunal de Primera Instancia denegó su moción y la reconsideración. El Tribunal de Apelaciones, al reconsiderar su decisión inicial, deja sin efecto su resolución previa. Finalmente, desestima el recurso de certiorari presentado por el peticionario por entender que carece de jurisdicción.
| EL PUEBLO DE | Certiorari | |
|---|---|---|
| PUERTO RICO | procedente del Tribunal de Primera Instancia, | |
| Recurrido | Región Judicial de | |
| Vs. | KLCE201401229 | Ponce. |
| PABLO VELÁZQUEZ | Número: | |
| TORRES | J LE2012G0588 | |
| Peticionario | Sobre: Art. 3.1 Ley 54 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres.
Per Curiam
En San Juan, Puerto Rico a 22 de ener...
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