Partes:
PRAPI V. TORRES RIVERA, JOSE ADOLFO
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLCE201400714
Año:
2015
Fecha:
19 de junio de 2015
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emite sentencia en un recurso de certiorari presentado por PRAPI. PRAPI solicitó la revisión de una Resolución del Tribunal de Primera Instancia que denegó su Moción de Sentencia Sumaria. El litigio original, iniciado por Banco Popular y continuado por PRAPI, es contra José Adolfo Torres Rivera por incumplimiento de contrato, cobro de dinero y ejecución de hipoteca. La demanda alega que el señor Torres Rivera incumplió un préstamo de $300,000 garantizado por pagarés hipotecarios. El demandado admitió haber suscrito las obligaciones pero alegó que el banco lo indujo a error, provocando el incumplimiento. PRAPI presentó la moción de sentencia sumaria argumentando la admisión del demandado. El Tribunal de Primera Instancia declaró No Ha Lugar dicha moción. Tras revisar el caso, el Tribunal de Apelaciones determinó revocar la Resolución recurrida.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES REGIÓN JUDICIAL DE BAYAMÓN Y UTUADO PANEL VI | ||
|---|---|---|
| P R A P I | Certiorari procedente del | |
| Peticionario | Tribunal de Primera Instancia | |
| v | KLCE201400714 | Sala de Bayamón |
| JOSÉ ADOLFO TORRES RIVERA | Caso Núm.: D AC2012-2428 | |
| RECURRIDO | Sobre: Incumplimiento de CONTRATO; COBRO DE DINERO; EJECUCIÓN DE HIPOTECA SOBRE BIENES INMUEBLES | |
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jiménez Velázquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni... |
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