Partes:
ASOCIACION CONDOMINES VILLAMIL 306 VS EMPRESAS FIDALGO INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202500335
Año:
2025
Fecha:
26 de junio de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico confirmó una sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó sin perjuicio una demanda por cobro de dinero y daños incoada por la Asociación de Condómines Villamil 306. La controversia surgió tras el reclamo de una deuda de $63,567.64 por concepto de cuotas de mantenimiento y derramas contra Empresas Fidalgo, Inc. y otros codemandados. El foro primario decretó el archivo del caso debido a que la parte demandante no diligenció los emplazamientos dentro del término de 120 días establecido por la Regla 4.3(c) de Procedimiento Civil. Durante el proceso, la Asociación intentó sin éxito emplazar por edicto y posteriormente presentó una demanda enmendada para incluir a las sucesiones de los titulares. Aunque la parte apelante alegó que algunas codemandadas suscribieron una renuncia al emplazamiento, el tribunal determinó que dicha gestión y las mociones de desistimiento parcial se realizaron una vez vencido el plazo reglamentario. El dictamen judicial enfatiza que la Asociación no acreditó haber emplazado oportunamente ni justificó una prórroga válida para extender el término. Por tales fundamentos, el foro apelativo ratificó la desestimación de la causa de acción por falta de diligencia procesal.
Número Identificador SEN2025
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES
| PANEL ESPECIAL¹ | ||
|---|---|---|
| ASOCIACIÓN | ||
| CONDÓMINES | ||
| VILLAMIL 306 | ||
| Apelante | ||
| v. | ||
| EMPRESAS FIDALGO, | ||
| INC., y otros | ||
| Apelado | KLAN202500335 | APELACIÓN |
| procedente del | ||
| Tribunal de | ||
| Primera | ||
| Instancia, Sala | ||
| Superior de | ||
| San Juan | ||
| Civil Núm.: | ||
| SJ2024CV09740 | ||
| Sobre: Cobro de | ||
| Dinero | ||
| Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la | ||
| Jueza Rivera Marchand y la Juez Barresi Ramos. | ||
| Cintrón Cintrón, Jueza Ponente | ||
| SENTENCIA | ||
| En San Juan, Puerto Rico, a 26 de junio de 2025.... |
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