Partes:
BANCO POPULAR DE PUERTO RICO VS RODRIGUEZ RABELO, DAMARIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202500235
Año:
2025
Fecha:
20 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico desestima un recurso de apelación presentado por Damaris Rodríguez Rabelo y Funmar Corp. contra Banco Popular de Puerto Rico. La apelación se originó de una sentencia sumaria del Tribunal de Primera Instancia que ordenaba a los apelantes pagar al Banco Popular una suma considerable por cobro de dinero y ejecución de prendas e hipoteca. La desestimación se fundamenta en el incumplimiento de la Regla 14(B) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones, que exige notificar la presentación del recurso al Tribunal de Primera Instancia en un término estricto de 72 horas. Los apelantes no realizaron dicha notificación dentro del plazo establecido, haciéndolo de forma tardía. Aunque los apelantes alegaron que el foro primario fue informado a través del sistema SUMAC y citaron problemas de salud de su representante legal, el Tribunal de Apelaciones concluyó que estos argumentos no subsanan la falta de cumplimiento con el requisito jurisdiccional. La sentencia subraya que la falta de jurisdicción es un defecto insubsanable que impide al tribunal considerar el fondo del recurso.
| ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL VI | ||
|---|---|---|
| BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Apelado | KLAN202500235 | APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan |
| DAMARIS RODRIGUEZ RABELO y FUNMAR CORP. Apelantes | Civil Núm.: SJ2022CV05136 Sobre: Cobro de Dinero Ejecución de Prendas e Hipoteca |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Ortiz Flores, la Jueza Aldebol Mora y la Jueza Boria Vizcarrondo.
Boria Vizcarrondo, Jueza Pone...
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