Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS GONZALEZ CRUZ, HECTOR LUIS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202500175
Año:
2025
Fecha:
31 de marzo de 2025
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico consideró un recurso de certiorari presentado por Héctor Luis Gonzáles Cruz. Gonzáles Cruz, confinado y compareciendo por derecho propio, solicitó la revocación de una orden del Tribunal de Primera Instancia. Alegó que dicha orden le impuso un año adicional a su sentencia durante una vista de revocación. El Tribunal acogió el recurso como certiorari, el vehículo adecuado para revisar órdenes interlocutorias postsentencia. Sin embargo, el apelante no incluyó en su recurso copia de la determinación del foro primario que deseaba impugnar. Tampoco anejó ningún otro documento relacionado con su petición. El Tribunal señaló que las partes, incluso las que comparecen por derecho propio, deben cumplir con las normas para perfeccionar los recursos. La falta de los documentos esenciales impidió al Tribunal conocer la controversia y establecer jurisdicción. Por consiguiente, el Tribunal se vio precisado a desestimar el recurso por falta de jurisdicción. La desestimación se fundamenta en el incumplimiento del apelante con los requisitos de documentación necesarios para la revisión.
EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Apelado v.
HÉCTOR LUIS GONZÁLES CRUZ
Apelante
| Apelación | |
|---|---|
| acogida como | |
| CERTIORARI | |
| procedente del | |
| Tribunal de | |
| Primera Instancia, | |
| Sala Superior de | |
| Carolina | |
| Crim. Núm.: | |
| F BD2014G0378 | |
| F BD2014M0113 | |
| Sobre: Art. 182 CP., | |
| Art. 181 CP. |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Cintrón Cintrón, la Jueza Rivera Marchand y la Juez Barresi Ramos.
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marz...
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