Partes:
HATTON RENTAS, RICARDO R VS SAEZ ORTIZ, BLANCA L
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202500170
Año:
2025
Fecha:
5 de mayo de 2025
El Tribunal de Apelaciones confirma la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, que declaró No Ha Lugar la demanda en cobro de dinero presentada por el Sr. Ricardo R. Hatton Rentas y le impuso el pago de $10,000.00 en honorarios de abogado. El Sr. Hatton, apelante, demandó a la Sra. Blanca Sáez Ortiz, apelada, alegando un contrato verbal de honorarios contingentes del 33% por representarla en un caso de difamación, mientras mantenían una relación sentimental. La Sra. Sáez negó la existencia de tal contrato, argumentando que el Sr. Hatton insistió en representarla por ser su pareja, para evitar costos.
Entre los hechos no controvertidos se estableció que las partes tuvieron una relación sentimental, ambos son abogados, y que no existió un contrato escrito de servicios profesionales. Durante el juicio, el Sr. Hatton admitió que no había un contrato entre las partes, que nunca le había cobrado por sus servicios antes y que carecía de documentos que probaran el acuerdo del 33% o la bitácora de gestiones. Por estos fundamentos, el tribunal confirma la decisión del foro primario.
Panel integrado por su presidente, el Juez Hernández Sánchez, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Mateu Meléndez. Bonilla Ortiz, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 5 de mayo de 2025. Comparece el Sr. Ricardo R. Hatton Rentas (señor Hatton o apelante) y nos solicita que revisemos una Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, notificada el 10 de febrero de 2025. Mediante el referido dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la Demanda en cobro de dinero presentada por el señor Hatton y le impuso el pago de $10,000.00 por concep...
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