Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS CAMPOS HUERTAS, MARIO A
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202500065
Año:
2025
Fecha:
31 de marzo de 2025
La Sentencia del Tribunal de Apelaciones resuelve una apelación presentada por Mario A. Campos Huertas. El apelante solicitó la corrección de su sentencia por secuestro agravado, impuesta bajo el Código Penal de 1974. Argumentó que debía aplicarse el principio de favorabilidad de la Ley Núm. 246-2014, por ser más beneficiosa. El Tribunal de Primera Instancia en Ponce declaró "no ha lugar" su solicitud. El apelante recurrió ante el Tribunal de Apelaciones, alegando error al no aplicar dicho principio. El Tribunal de Apelaciones confirma la resolución apelada. Explica que, si bien rige el principio de favorabilidad, este tiene limitaciones. Una de estas limitaciones son las cláusulas de reserva estatutarias. El Artículo 303 del Código Penal de 2012 establece que la conducta anterior a su vigencia se rige por la ley del momento del hecho. Esta cláusula de reserva impide la aplicación retroactiva de leyes posteriores más favorables en este caso.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
|---|---|---|
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado | KLAN202500065 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce |
| v. | Caso Núm.: JDC-2002G-0005 Salón Núm.; 0505 | |
| MARIO A. CAMPOS HUERTAS Apelante | Sobre: A-137-A Secuest Agravado |
Panel especial integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Díaz Rivera
Candelaria Rosa, Jue...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito