Partes:
COLLAZO COLLAZO, MANUEL A V. COMISION ESTATAL DE ELECCIONES
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202401096
Año:
2024
Fecha:
11 de diciembre de 2024
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico emitió una Sentencia Nunc Pro Tunc en un caso de apelación. La apelación fue presentada por la Comisionada Electoral del Partido Popular Democrático contra una decisión del Tribunal de Primera Instancia. El caso involucra a electores que utilizaron el método de voto adelantado. La controversia surgió porque la identificación de los electores mostraba una dirección postal distinta a la registrada en el padrón electoral. La Comisión Estatal de Elecciones (CEE) había decidido no contabilizar estos votos sin verificación telefónica adicional. Los electores demandaron, argumentando que cumplieron con los requisitos legales y que la CEE tenía el deber ministerial de contar sus votos. El Tribunal de Primera Instancia ordenó a la CEE verificar, validar y adjudicar los votos adelantados que cumplieran con el requisito de identificación, sin importar la discrepancia de dirección. El Tribunal de Apelaciones examinó el recurso y el expediente. Finalmente, el Tribunal de Apelaciones confirmó el dictamen apelado del foro primario.
Manuel A. Collazo Collazo; Roberto Cotto Rivera; Armando Collazo Corsino; María Betzaida Martínez Rodríguez; Ramón Luis Calderón Rivera; Johana Matos Rodríguez; Fernando Matos García; Jennifer Semidey Ortiz; Licenia Rivera Ortiz; Wilfredo Torres Goycochea; Christian Luis Luna Guzmán; Carmen Inés León Rivera
Apelados vs. Comisión Estatal de Elecciones, representada por su Presidenta Alterna, Hon. Jessika Padilla; Aníbal Vega Borges, en su capacidad como Comisionado Electoral del Partido Nuevo Progresista; Karla Angleró...
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