Partes:
CRUZADO LAUREANO, JUAN M V. PARTIDO POPULAR DEMOCRATICO Y SU JUNTA
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202400474
Año:
2024
Fecha:
17 de mayo de 2024
Se confirma la sentencia del Tribunal de Primera Instancia que desestimó la demanda presentada por Juan M. Cruzado Laureano contra el Partido Popular Democrático y su Junta de Gobierno. Cruzado Laureano impugnó su descalificación como aspirante a la gobernación por el PPD. El PPD lo descalificó por no considerarlo idóneo, citando una condena federal por delitos graves y un expediente incompleto. El TPI desestimó la demanda por falta de jurisdicción, al entender que no se cumplió con el requisito de notificación bajo el Código Electoral. El Tribunal de Apelaciones, aunque no se pronuncia sobre la aplicabilidad del artículo citado por el TPI, concluye que la demanda no expone una causa de acción viable. El PPD tiene amplia libertad para seleccionar sus candidatos, conforme a su derecho de asociación y sus reglamentos internos que descalifican a personas convictas de delito grave. Por tanto, la determinación del PPD de no calificar al aspirante debe ser respetada.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
|---|---|---|
| JUAN M. CRUZADO LAUREANO | KLAN202400474 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan |
| Apelante | Civil núm.: SJ2024CV02347 (904) | |
| v. | Sobre: Descalificación de Aspirante Primarista a Gobernador de PR por el PPD | |
| PARTIDO POPULAR DEMOCRÁTICO Y SU JUNTA DE GOBIERNO | ||
| Apelado |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Pagán Ocasio,...
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