Partes:
MRD LLC VS PRO SITE BUILDERS, LLC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202400235
Año:
2024
Fecha:
4 de abril de 2024
El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico revoca una resolución del Tribunal de Primera Instancia en un pleito por incumplimiento de contrato. La resolución apelada determinó que una moción de reconsideración presentada por el peticionario, MRD, LLC, no interrumpió los términos para apelar. El foro primario basó su decisión en que la moción de reconsideración no fue notificada a todas las partes, específicamente a Deya Elevators Services, Inc. El caso se originó con una demanda de MRD contra Pro Site y Deya por cobro de dinero relacionado con trabajos de construcción. Previamente, el Tribunal de Primera Instancia había desestimado la acción contra Deya mediante sentencia parcial. MRD solicitó la reconsideración de esa sentencia, pero Deya alegó falta de notificación. El Tribunal de Primera Instancia acogió el argumento de Deya, declarando que la reconsideración no interrumpió los términos. El Tribunal de Apelaciones, al revisar el dictamen, concluye que la determinación del foro primario es incorrecta. Por tanto, revoca la resolución del 1 de diciembre de 2023.
MRD, LLC Peticionario vs. Pro Site Builders, LLC; Deya Elevators Services, Inc.; Compañías A y B; Fulano de Tal y Mengano de Tal; Fiadora X, Y, Z Recurridos
procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm.: SJ2023CV05311 (504) Sobre: Incumplimiento de Contrato
Panel integrado por su presidente, el Juez Rivera Colón, el Juez Monge Gómez y el Juez Cruz Hiraldo.
Rivera Colón, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 4 de abril de 202...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito