Partes:
SOLIVAN ORTIZ, CHRISTIAN R VS GONZALEZ, JUAN CARLOS
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202301137
Año:
2024
Fecha:
22 de enero de 2024
Este es un dictamen del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico en un caso de cobro de dinero. El tribunal enfatiza la importancia fundamental de la jurisdicción para considerar y decidir casos. Se establece que un tribunal que carece de jurisdicción debe desestimar el caso, ya que una sentencia dictada sin ella es nula. La presentación de una moción de reconsideración interrumpe el término para apelar. Sin embargo, cualquier trámite posterior a la solicitud de reconsideración en el Tribunal de Primera Instancia no interrumpe dicho término. En este caso particular, aunque la moción de reconsideración interrumpió el plazo, una moción posterior para enmendar la sentencia no lo hizo. La apelación fue presentada un día después de la fecha límite establecida tras la resolución de la reconsideración. Por consiguiente, el Tribunal de Apelaciones determinó que carece de jurisdicción para evaluar el recurso en sus méritos. El recurso es desestimado por falta de jurisdicción debido a su presentación tardía.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XI | ||
|---|---|---|
| CHRISTIAN R. SOLIVAN ORTIZ Demandante Apelante | KLAN202301137 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito Civil Núm.: BCD2018-0012 Salón Núm.: 002 Sobre: Cobro de Dinero |
| v. JUAN CARLOS GONZÁLEZ Demandado Apelado | ||
| Panel integrado por su presidenta, la Juez Brignoni Mártir, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Álvarez Esnard y la Jueza Díaz Rivera. Candelaria Rosa, Juez Ponente | ... |
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