Partes:
EL PUEBLO DE PUERTO RICO VS ORTIZ COLON, NEFTALI I
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202201042
Año:
2024
Fecha:
10 de octubre de 2024
Neftalí Ortiz Colón apeló la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de Aibonito que lo declaró culpable de Asesinato en Primer Grado y dos infracciones a la Ley de Armas. Los cargos se relacionan con hechos ocurridos el 9 de abril de 2017. Inicialmente, Ortiz Colón renunció a su derecho a juicio por jurado. Luego, basándose en la jurisprudencia sobre la unanimidad del jurado, solicitó la reinstalación del jurado. El Tribunal de Primera Instancia denegó esta solicitud, y dicha denegatoria fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Tras la celebración del juicio en su fondo ante el juez, se emitió la sentencia condenatoria. El Tribunal de Apelaciones revisó el dictamen apelado. Por los fundamentos expuestos, el Tribunal de Apelaciones confirma la sentencia del Tribunal de Primera Instancia.
| EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado | KLAN202201042 | APELACION Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito Caso Núm.: B VI2018G0009 B LA2018G0087 B LA2018G0088 Sobre: Art. 93 (A) del C.P. Art. 5.04 L.A. (2000) y Art. 5.15 L.A. (2000) |
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| NEFTALI ORTIZ COLON Apelante | Sobre: Art. 93 (A) del C.P. Art. 5.04 L.A. (2000) y Art. 5.15 L.A. (2000) |
Panel integrado por su presidente el Juez Rodríguez Casillas, el Juez Pagán Ocasio y el Juez Pérez Ocasio.
Pérez Ocasio, Jue...
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