Partes:
HERNANDEZ GUILBE, PEDRO VS OFG BANCORP
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202200816
Año:
2024
Fecha:
24 de enero de 2024
Comparece ante el Tribunal de Apelaciones Pedro Hernández Guilbe, apelante, solicitando la revocación de una Sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce. Dicha sentencia declaró Ha Lugar la Moción de Sentencia Sumaria Enmendada presentada por OFG BANCORP h/n/c Oriental Bank, apelado. Hernández Guilbe incoó inicialmente una demanda sobre sentencia declaratoria y daños, alegando dolo por parte de Oriental Bank en relación con un contrato de arrendamiento financiero de un vehículo. Argumentó que el banco no le proveyó remedios ante sus incumplimientos y lo indujo a pagar una deuda que no tenía, causándole daños. Oriental Bank contestó la demanda negando responsabilidad y presentó una reconvención, reclamando el pago de la deuda contractual vencida y la reposesión del vehículo debido a los incumplimientos de Hernández Guilbe. El banco solicitó sentencia sumaria a su favor, argumentando la existencia de una deuda líquida y exigible y la falta de fundamento en las reclamaciones del apelante. Hernández Guilbe se opuso a la sentencia sumaria, presentando documentos para sustentar su posición. El Tribunal de Apelaciones, tras revisar los fundamentos, confirma el dictamen apelado.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL ESPECIAL | ||
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| PEDRO HERNÁNDEZ GUILBE Apelante v. OFG BANCORP H/N/C ORIENTAL BANK; DEMANDADO "X", DEMANDADO "Y", ASEGURADORA A, FULANO DE TAL Apelados | KLAN202200816 | APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso número: PO2018CV01182 Sobre: Dolo, Sentencia Declaratoria |
Panel especial integrado por su presidenta, la jueza Romero García, el juez Rodríguez Casillas ¹ y la jueza Aldebol Mora².
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