Partes:
FELICIANO DIAZ, MARIA VS HOSPITAL DAMAS, INC.
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202100799
Año:
2021
Fecha:
18 de noviembre de 2021
Se trata de una apelación contra una sentencia del Tribunal de Primera Instancia en un caso de despido injustificado. Veintiún exempleados del Hospital Damas, Inc. presentaron querellas bajo la Ley Núm. 2 de 1961 tras ser cesanteados. Los apelantes alegaron haber sido despedidos injustificadamente poco después de votar para unionarse. El Hospital solicitó la desestimación por falta de jurisdicción, argumentando que los empleados estaban cubiertos por un convenio colectivo vigente. Según el Hospital, este convenio obligaba a las partes a agotar un proceso de arbitraje antes de acudir al foro judicial. Los apelantes negaron la existencia de un convenio colectivo válido para su grupo en la fecha del despido, alegando que no fue ratificado ni firmado por sus miembros. El Tribunal de Primera Instancia ordenó a las partes acudir al foro administrativo debido a la controversia sobre la existencia del convenio colectivo. Determinó que la existencia de un convenio válido privaría al foro judicial de jurisdicción. El Tribunal de Apelaciones revisó la sentencia apelada. Confirmó la decisión del foro de instancia de enviar el caso al foro administrativo para resolver la disputa jurisdiccional.
| Estado Libre Asociado de Puerto Rico TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL I | ||
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| MARÍA FELICIANO DÍAZ Y OTROS Querellantes Apelantes | KLAN202100799 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce |
| v. | Caso Núm.: PO2019CV03360 | |
| HOSPITAL DAMAS, INC. Y OTROS Querellado Apelado | Sobre: Despido Injustificado, Ley 2 de 1961, Proceso Sumario |
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Ramos Torres y el Juez Candelaria Rosa.
Candelaria Rosa, ...
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