Partes:
FERNÁNDEZ SANTIAGO, BRENDA MARIE VS ASOCIACION DE RECIDENTES LAS VISTAS INC
Ponente:
—
Materia:
—
Número de Caso:
KLAN202001022
Año:
2021
Fecha:
18 de febrero de 2021
Se presenta una solicitud de revisión contra una Resolución y Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia (TPI) en un pleito de daños y perjuicios. La peticionaria impugna la orden del TPI que le concedió un término final para anunciar representación legal y contestar una solicitud de sentencia sumaria. El TPI había declarado no ha lugar una solicitud de reconsideración previa de la peticionaria. La peticionaria alegó varios errores del TPI, incluyendo la prohibición de auto-representación, la orden de contestar la sentencia sumaria antes de culminar el descubrimiento, y asuntos relacionados con el descubrimiento de prueba. El Tribunal de Apelaciones acoge el recurso como un certiorari, a pesar de haber sido presentado como apelación. Se examina el recurso a la luz de la Regla 52.1 de Procedimiento Civil, que regula la revisión discrecional de órdenes interlocutorias mediante certiorari. El auto de certiorari es un vehículo procesal extraordinario y discrecional para corregir errores de derecho de tribunales inferiores. Tras examinar el escrito y el expediente, el Tribunal de Apelaciones decide denegar la expedición del auto de certiorari. Esto implica que el Tribunal no revisará la Resolución y Orden impugnada en este momento procesal.
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cabán, el Juez Flores García y el Juez Salgado Schwarz
Figueroa Cabán, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 18 de febrero de 2021. Comparece la Sra. Brenda M. Fernández Santiago, en adelante la señora Fernández o la peticionaria, y solicita que revoquemos una Resolución y Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Cabo Rojo, en adelante TPI. Mediante la misma, se le concedió un término final para anunciar representación legal y para contestar una solicitud de sentencia sumaria.
Examinado el recurso, lo...
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